Buenas noticias recibió ayer la Dirección del Trabajo (DT).
Tras algunas semanas de análisis, se conoció que la Corte Suprema respaldó el fallo de abril de la Corte de Apelaciones, en el cual se rechazó el recurso de protección que en noviembre presentó Uber en contra del regulador para dejar sin efecto el dictamen sobre la ley que regula el trabajo en aplicaciones digitales.
En dicho dictamen se abordaban las nuevas facultades de la DT y se precisaba lo que debiese entenderse como trabajador dependiente e independiente de las aplicaciones, identificando los elementos que conformarían la existencia de un vínculo laboral, de subordinación y dependencia, entre las aplicaciones y los repartidores.
A juicio de Uber, el servicio se estaba atribuyendo la potestad de calificar, “por sí y ante sí” la existencia de relaciones laborales en casos concretos, “arrogándose una facultad propia de los tribunales”.
La Corte de Apelaciones en abril pasado desestimó la queja de Uber, y ahora la Suprema respaldó dicho pronunciamiento. Esto significa que la DT actuó dentro del ámbito de su competencia al elaborar el dictamen.
“No puede imputársele a tal órgano (la DT), cuando ejerce su función mediante la dictación de un dictamen, que se trate de un acto ilícito o arbitrario, pues está actuando dentro del ámbito de su competencia, sin perjuicio que se pueda discrepar de su contenido, para lo cual, la legislación laboral establece un procedimiento para conocer y resolver tal discrepancia en los tribunales laborales”, dijo la Corte de Apelaciones en su oportunidad, postura que ahora es ratificada por la Suprema.
Desde la Dirección del Trabajo celebraron el pronunciamiento. El director del servicio, Pablo Zenteno, dijo que el fallo confirma que la DT actuó dentro de sus facultades. “En la emisión de este dictamen no transgredimos la legislación ni la Constitución ni mucho menos nuestro marco normativo”, aseguró.
Agregó que el pronunciamiento de la Suprema reconoce el papel de la institución en el cumplimiento de la legislación laboral: “Con esta sentencia esperamos reforzar el cumplimiento de los derechos laborales de todos los trabajadores y trabajadoras de plataformas en nuestro país”, destacó.
Descargos de Uber
“Lamentamos que los votos de mayoría no evaluaran el fondo de los argumentos del recurso de protección, tal y como lo hizo el voto disidente, el que señala que la DT excede el marco de las potestades que le corresponden”, dijo Uber.
Según la firma, el fallo “no valida el contenido” del dictamen interpretativo de la DT, si no que “establece que un recurso de protección no es el instrumento adecuado para impugnarlo y que esto se debe realizar ante un juez del trabajo”.
Fuente: https://pressreader.df.cl/diario-financiero/20230525/page/23